Una de las dudas más comunes entre los colombianos es cómo lograr una pensión más alta y que le permita una mejor calidad de vida en la vejez. Teniendo en cuenta que dentro del régimen de ahorro individual, lo que la persona logra ahorrar es proporcional a lo que será la mesada pensional que va a tener en la vejez. En otras palabras, si la persona ahorra más, tendrá una pensión más alta.
Partiendo de este principio surge la opción de las pensiones voluntarias, denominadas también como ahorro voluntario. “Si la gente tiene unos ingresos que le permiten hacer un ahorro adicional, puede destinar esos ingresos para aumentar ese ahorro que tenga para la vejez y hacer crecer sus mesadas pensionales de manera proporcional.
Este ahorro puede hacerse de varias formas.
Una de ellas es hacerlo es a través de los fondos de pensiones voluntarias, que es donde el individuo tiene una cuenta a su nombre, diferente a la cuenta en la que ya viene haciendo su ahorro pensional obligatorio. Esta cuenta de ahorro voluntario no necesariamente tiene que estar en la misma administradora de fondos de pensiones (AFP) en donde tiene la cuenta de ahorro de la pensión obligatoria.
“El dinero que destine a esa cuenta de ahorro voluntario va a tener un beneficio tributario, que se verá reflejado solo si se usan estos recursos para uno de una de estas tres formas: para compra de vivienda, como ahorro durante 10 años (mínimo) o, para su fin primordial, para aumentar la mesada pensional”
En este caso el beneficio tributario es que los aportes que se hagan a esa cuenta de ahorro voluntario pasan a ser exentos de renta, aplicándole las condiciones propias de este tipo de exención.
¿CÓMO ES EL PROCESO?
Solo es necesario decirle al empleador que haga el descuento por nómina equivalente al aporte voluntario que quiera hacer e indicarle que lo destine a la cuenta de ahorro de su gusto, ya sea la obligatoria, donde ya se acumulan los aportes exigidos por la ley, o la cuenta aparte si es que quiere hacer este ahorro separado del obligatorio.